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Art.
2 del estatuto: La Federación Argentina de Yachting tiene los
siguientes fines:
1.-
Promover y fomentar esencialmente el deporte de las regatas en barcos a
vela por aficionados.
2.-
Promover y fomentar el deporte de la navegación a vela por aficionados,
en cualquier otro aspecto.
3.-
Promover y fomentar las actividades accesorias y complementarias que se
consideren necesarias para la consecución de los fines indicados en los
incisos 1 y 2.
4.-
Auspiciar y/u organizar y/o controlar las pruebas destinadas a nombrar
las representaciones argentinas de yachting a los Juegos Olímpicos,
Panamericanos y a todas las competencias similares a las que concurran
delegaciones que invistan oficialmente la representación nacional.
Estas funciones podrán ser delegadas en las afiliadas, siempre con la
facultad exclusiva de la Federación Argentina de Yachting de controlar
la organización y realización de las competencias.
5.-
Tutelar los intereses generales del deporte que fomenta, ejerciendo su
Autoridad Nacional.
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