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NORMAS PARA RENDICIONES DE CUENTAS POR APOYOS ECONÓMICOS

 

CAPITULO I - FORMALIDADES

 

La Afiliada que haya solicitado el inicio de gestiones de apoyo económico ante un organismo público para la participación en un evento determinado, deberá presentar en el domicilio de la Federación Argentina de Yachting una rendición de cuentas dentro de los siete (7) días hábiles a contar desde la fecha de finalización del evento respectivo, según las formalidades indicadas a continuación.

 

1. COMPROBANTES DE GASTOS. Presentar comprobantes (facturas o tickets) de gastos, que cumplan con los siguientes requisitos:

a. Los comprobantes deben ser originales (no tiene valor alguno una fotocopia, email o fax).

b. Los comprobantes deben corresponder exclusivamente a gastos realizados por los integrantes de la delegación que fuera indicada como beneficiaria en la solicitud de apoyo económico.

c. Los comprobantes deben corresponder exclusivamente a aquellos conceptos (rubros) que en definitiva sean aprobados por el organismo público ante el cual se gestionó la solicitud de apoyo económico.

d. En aquellos comprobantes cuyo concepto este indicado vagamente, o que esté indicado en idioma extranjero -salvo ingles-, deberá anotarse a mano, en el reverso del comprobante, el concepto correspondiente.

e. Los comprobantes deben ser clasificados por rubro, juntándolos en diferentes sobres (no pegarlos en hojas).

f. Los comprobantes que registran la operación de pago mediante tarjeta de crédito, no sirven para suplantar las facturas o tickets de los gastos respectivos abonados con la tarjeta.

g. Los comprobantes por gastos realizados en Argentina deben cumplir con todos los requisitos establecidos por la Administración Federal de Ingresos Públicos.

h. En caso de alquiler de embarcaciones a propietarios particulares que no cuenten con documentación comercial, deberán tomarse los mayores recaudos para revestir de formalidad y autenticidad al documento que registre la operación (por ej. redacción de un contrato de alquiler -si es posible, sobre hoja de membrete del club o ente organizador de la competencia-, contemplando en el mismo todos los elementos que hacen al alquiler: firma original de las partes contratantes; lugar y fecha de la firma del contrato; precio y términos de pago; detalle preciso de la cosa alquilada y sus números de identificación; datos del locador y del locatario -nacionalidad, número de pasaporte, domicilio y número de teléfono-; hacer expreso que en el mismo acto el locador recibe el dinero de la locación; etc.). Asimismo, adjuntar fotocopia del pasaporte del locador.

 

2. PASAJE AÉREO. En caso que la delegación se haya trasladado en avión, es indispensable adjuntar -además de la factura de compra del pasaje- el Cupón Original (ticket aéreo) utilizado, de cada integrante de la delegación. Si se trata de un “pasaje electrónico” se deberá adjuntar el correo electrónico recibido por el pasajero con el detalle del pasaje e itinerario del viaje; también los pases de a bordo y cualquier otro documento original que fuera utilizado por el pasajero para abordar el avión y materializar el viaje.

 

3. PLANILLA. Presentar una planilla en formato digital (Excel) y en formato impreso, que cumpla con los siguientes requisitos:

a. La planilla debe contener un mínimo de dos columnas, una con el detalle individual de cada comprobante de gasto, y la otra con el importe del mismo expresado en la propia moneda del comprobante.

b. Agregar una tercera columna en la planilla, donde se indicará el valor de cada comprobante expresado en dólares estadounidenses, aplicando una tasa de conversión promedio que corresponda a las fechas del evento correspondiente.

 

4. RESULTADOS E INFORME TÉCNICO. Presentar la Planilla Oficial de Resultados, y un Informe Técnico Deportivo de la actuación. El informe debe ser preparado por el Entrenador que asistió a las tripulaciones en las regatas, o por la/s propia/s tripulación/es para el caso que no haya viajado Entrenador. El informe debe comprender un análisis cualitativo, es decir, relación entre los supuestos que orientaron el pronóstico y el resultado de la competencia, reporte técnico, evolución y aproximación al objetivo final, análisis de las características y rendimiento de los rivales líderes, perfil emocional y actitudes del atleta o plantel.

  

CAPITULO II - NORMAS COMPLEMENTARIAS

 

1. Validez de la Documentación: Toda la documentación presentada debe ser "a satisfacción" del organismo público ante el cual se gestionó el subsidio, debiendo asimismo presentarse los documentos adicionales que el mismo requiera.

 

2. Notificación a los Sujetos Destinatarios: La Afiliada se compromete a notificar la presente normativa a la totalidad de los sujetos que, según la asignación específica establecida, sean los destinatarios del apoyo económico en trámite.

 

3. Consecuencias del Incumplimiento: En incumplimiento de la rendición de cuentas según las formalidades establecidas, será considerado como una falta grave, pudiendo ocasionar la pérdida del posible subsidio en trámite. En caso que se hayan recibido fondos previamente, se deberá devolver los mismos dentro del mismo plazo establecido para rendir cuentas. Independientemente de estas consecuencias, el Consejo Directivo de la Federación podrá establecer las sanciones que estime de acuerdo al caso, para lo que se tendrá en cuenta la magnitud de los perjuicios que el incumplimiento haya ocasionado sobre otros apoyos económicos de terceros que hayan resultado demorados o denegados por dicha causa. La Afiliada será responsable en forma conjunta con los sujetos que, según la asignación específica establecida, sean los destinatarios del posible apoyo económico.

 

4. Prórrogas: La Afiliada podrá solicitar a la FAY una prórroga temporal al plazo regulado para presentar la rendición de cuentas. La solicitud debe realizarse por escrito, debe estar fundamentada, y debe indicar la fecha propuesta para realizar la presentación. La FAY analizará los fundamentos del pedido de prórroga y notificará por escrito a la Afiliada la fecha límite para rendir.

 

5. Observaciones a la Rendición de Cuentas: Las observaciones que eventualmente realice el organismo público ante el cual se gestionó el subsidio, sobre la rendición de cuentas presentada, serán notificadas a la Afiliada respectiva, la que deberá regularizar las mismas en el plazo de siete días hábiles desde la notificación. El incumplimiento significará la pérdida del posible apoyo económico tramitado en su totalidad o bien en lo que corresponda a el/los comprobante/s observado/s. En caso que se hayan recibido fondos previamente, se deberá devolver los mismos dentro del mismo plazo.

 

6. Extensión de Aplicabilidad: La aplicación de estas normas se extiende a los apoyos económicos otorgados con fondos genuinos de la Federación Argentina de Yachting o con fondos provenientes del sector privado, gestionados a través de esta Federación.